Con la correspondencia que va a ser devuelta al remitente se realizan las siguientes operaciones:
Hay dos opciones:
En el reverso del envió debe reflejarse:
Se devuelve con las mismas formalidades, siempre poniendo la firma y el NIP del empleado que realiza la devolución.
Además se adhiere la etiqueta CN15, en el anverso del envío marcando con una cruz la incidencia que motiva su devolución y el sello de "Retuor" en vez de "Devuelto o D". Si no se dispone de etiquetas CN15 el sello de motivo de devolución para productos internacionales.
Los envíos devueltos de esta modalidad no se rotulan. Tras realizar la devolución a través de SGIE, el sistema imprime una etiqueta con la dirección modificada, poniendo como destinatario al remitente del envío y viceversa.
Cuando se reetiqueten estos envíos, se tiene que tener prestar especial atención a:
Las Oficinas que tienen asignadas recogidas de Correos Express tras liquidar en SGIE el Paq 10, 14 o 24, el sistema genera una petición de recogida automática para la devolución de dicho envío.
Cuando el empleado de Correos Express se persone a recoger el envío devuelto, se priorizará su atención. El proceso finaliza al firmar la entrega en el dispositivo del empleado de Correos Express.
En las Oficinas que no tengan recogida de Correos Express el envío se gestiona por la ruta de Correos.